REQUISITOS Y TRAMITES PARA EJERCER LA NOTARIA

Los requisitos para poder ejercer la notaría son:

1. Haber pasado la reválida general de la abogacía y la reválida notarial.

2. Los abogados que fueron colegiados antes del 1983 y están interesados en hacerse notario, o en una readmisión a la notaría, no tienen que tomar la reválida notarial.

3. Prestar y mantener una fianza notarial:

PASOS:

1. Haber prestado el juramento como abogado ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

2. Solicitar documentos sobre admisión a la notaría y contrato de fianza notarial.

3. Completar los formularios y notarizar contrato de fianza notarial.

4. Tan pronto el Fondo de Fianza Notarial recibe estos documentos, procedemos inmediatamente a prepararlos y enviarlos al Tribunal Supremo a la mano con nuestro mensajero. De las oficinas del Fondo de Fianza salen para el Tribunal Supremo en uno o dos días y en el Tribunal Supremo toma la aprobación alrededor de tres (3) semanas.

5. Una vez aprobada la fianza por el Tribunal Supremo, éste procede a enviar al abogado una Resolución indicándole que fue admitido a ejercer la notaría en PuertoRico, y que deberá comparecer al Tribunal Supremo a jurar como notario y ese mismo día registre firma, sello y rúbrica en el Departamento de Estado.

6. Hasta tanto complete el trámite descrito en el paso anterior, no se está autorizado a ejercer la notaría.